miércoles, 16 de enero de 2019

La deducción por gastos en Centros de Educación Infantil autorizados. El modelo 233 de la Agencia Tributaria. Información para madres y padres.


La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, modifica la redacción del artículo 81 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

De acuerdo con esta modificación, el apartado 2 del artículo 81 prevé que el importe de la actual deducción por maternidad se pueda incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo gastos por la custodia del hijo menor de tres años en Escuelas Infantiles o Centros de Educación Infantil exclusivamente AUTORIZADOS por la Administración educativa competente. No serán deducibles los gastos efectuados en ludotecas ni en centros no autorizados o que no estén legalizados con su correspondiente código de centro.

El Centro de Educación Infantil La Ilusión es un centro autorizado
por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, con el código de centro 41020453.


  • Pueden optar a la ayuda las mujeres con hijos de 0 a 3 años (matriculados en una Escuela Infantil o Centro de Educación Infantil autorizado) que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
     
  • La deducción tiene un máximo de mil euros y será aplicable, siempre que los gastos por los niños se hayan producido por meses completos.
     
  • Es el propio Centro de Educación Infantil el que presenta en la Agencia Tributaria el modelo 233 para informar de los niños y los gastos efectuados por su padres por su asistencia al Centro de Educación Infantil.
     
  • Las madres contribuyentes no tienen que solicitar ningún certificado a Hacienda ni al Centro de Educación Infantil para realizar la declaración de la Renta 2018, simplemente, deberán cumplimentar las casillas correspondientes en su declaración en el período que la Agencia Tributaria habilite para ello. Será la propia Agencia Tributaria la que se encargará de cruzar estos datos con los del modelo 233 presentado por el Centro de Educación Infantil y será quién establezca si se tiene el derecho a la deducción y en qué cuantía.

Mas info: modelo 233.